Retrospectiva Business Conference - Planeamiento tributario

El martes 9 de abril se realizó la 7ª Conferencia de Negocios del año propuesta por la Cámara de Comercio e Industria Peruano Francesa, organizada en colaboración con la firma "Hernández & Cía Abogados". El expositor, Fernando Núñez Ciallella, socio de la misma firma y licenciado en Derecho por la Universidad de Maastricht en 2009, es profesor de política fiscal internacional en los PEE de la Universidad de ESAN y de política fiscal y tributaria en la Universidad de Lima.

El objetivo de la conferencia era, en particular, demostrar la importancia de una planificación fiscal adecuada en las empresas para reducir los excedentes fiscales y lograr ahorros en la gestión fiscal.

El primer paso fue presentar una visión general del planeamiento tributario. A continuación, la conferencia abordó el tratamiento de la deducibilidad de los gastos y finalizó con una presentación de los distintos regímenes fiscales preferenciales.

La planificación fiscal de las empresas es un concepto que fue definido por el ponente como "el conjunto de procedimientos que una empresa establece para identificar su coste fiscal e influir en él, tomando las decisiones adecuadas entre las diferentes opciones que nos presenta la legislación fiscal". La idea es, en general, desarrollar un plan para considerar opciones para reducir la carga fiscal de una empresa en particular.

El siguiente paso fue explicar las oportunidades que ofrece el planeamiento tributario. El Dr. Núñez Ciallella presentó las revisiones de gastos deducibles y no deducibles en los estados financieros de las empresas en el Perú. Éstos incluyen gastos por servicios entre empresas relacionadas, tales como servicios prestados por centros comunes o gastos mayores reparables, tales como recuperaciones dudosas que no cumplen con los requisitos.

Por último, la conferencia concluyó con la presentación de los regímenes preferenciales de gestión fiscal por parte del ponente. Existen dos tipos de planes que benefician a una empresa: el primero se refiere a su reorganización, mientras que el segundo se refiere al beneficio de los distintos regímenes de amortización extraordinaria. Así, una empresa puede reorganizarse para optimizar sus costes fiscales, puede proceder a una fusión, una fusión, una adquisición, un proceso de "simple reorganización" o una transformación. Por lo que se refiere a los regímenes especiales de amortización, las empresas pueden beneficiarse de arrendamientos financieros, concesiones para la ejecución de infraestructuras públicas y obras de utilidad pública o de actividades de generación de electricidad. De hecho, la actividad de producción de electricidad a partir de agua u otros recursos renovables, como la energía eólica, solar, geotérmica, de biomasa o mareomotriz, está sujeta a una depreciación acelerada a efectos del impuesto sobre la renta. Sin embargo, la tasa de depreciación anual no debe exceder el 20% de la tasa anual total.

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